Policía Auxiliar Pisoteada por el Director Edgar Bautista Angeles.
Policía Auxiliar Pisoteada por el Director Edgar Bautista Angeles.
LA POLICIA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MEXICO Y SUS FORMAS DE EXTORCION, REPRESION Y ABUSO DE PARTE DE SUS MANDOS Y FUNCIONARIOS.
SE DETECTA QUE EN EL SECTOR 52 DE LA POLICIA AUXILIAR, DE ESTA CORPORACION COMANDADA POR UN FAMILIAR CERCANO AL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA AUXILIAR EDGAR BAUTISTA ANGELES, QUIEN A TENIDO A BIEN EXTENDER SU PODER A SUS MANDOS Y DIRECTIVOS SUBORDINADOS.
YA QUE LAS QUEJAS Y DENUNCIAS EN ESTOS MEDIOS SON CONSTANTES POR LOS ABUSOS QUE SUFREN LOS ELEMENTOS DE PARTE DE SUS MANDOS Y FUNCIONARIOS, ENTRE ELLO, OBLIGARLOS A TRABAJAR CON FATIGAS DE SERVICIO DE 24 HORAS POR 24 HORAS DE DESCANSO O TURNOS DIARIOS DE MAS DE 12 HORAS, SIN DERECHO A DESCANSO, CUANDO SABEMOS QUE LA POLICIA AUXILIAR DE LA CDMX TRABAJA POR CONTRATOS, EN DONDE EL MANDO CONVIENE CON EL USUARIO Y SE BASA EN LINEAMIENTOS LEGALES PARA CONTRATAR Y AJUSTAR EL PRECIO POR CADA ELEMENTO AL QUE SE LE TIENE QUE DOTAR DE TODAS LAS HERRAMIENTAS NECESARIAS PARA EL DESEMPEÑO DE SU LABOR Y SUS DERECHOS.
SIN EMBARGO EL SUELDO QUE LOS ELEMENTOS RECIBEN ES MUY INFERIOR A LAS HORAS DE TRABAJO, RESULTA QUE EL MANDO SOLO JUSTIFICA LAS HORAS PAGADAS EN SALARIO MINIMO VIGENTE EN LA CIUDAD, Y MENCIONAN QUE COMO SERVIDORES PUBLICOS PIR LOS ECSRSOS SON NECESIDADES DE SERVICIO Y ORDENES SUPERIORES, Y AUNQUE EN LA MAYORIA DE LAS OCACIONES LOS ELEMENTOS SON RETIRADOS EN HORARIOS DE 00:00 A 02:00 HORAS LA ACCION DEL MANDO ES DOLOSA PORQUE ES LA HORA EN LA QUE NO HAY TRANSPORTE PUBLICO Y QUIENES SE RETIRAN ES PORQUE TIENEN VEHICULO Y LOS QUE NO CUENTAN CON MEDIO DE TRNSPORTE PERSONAL, ALGUNOS LO HACEN EN TAXI HASTA SUS DESTINOS Y OTROS TENDRAN QUE ESPERAR HASTA QUE HAYA TRANSPORTE PUBLICO Y DEBEN PERNOCTAR EN CONDICIONES INHUMANAS EN SU BASE, Y LOS QUE SE ATREVEN A RETIRARSE EN TAXI Y VIVEN CERCA AUN ASI LO RECIENTEN.
AHORA SE IMAGINA LOS QUE TIENEN QUE TRASLADARSE MAS DE UNA HORA Y CON TARIFA NOCTURNA, CUANTO TIENEN QUE PAGAR, ESTE METODO REPRESIVO Y AUTORITARIO ESTA EN EL ENTENDIDO DE QUE SI LOS ELEMENTOS QUIEREN QUE EL JEFECITO LOS RETIRE MAS TEMPRANO DEBEN DE COOPERAR CON CUOTAS DE COMODIDAD COMO EN LA POLICIA PREVENTIVA, EN DONDE TODO TIENE UN PRECIO, GRACIAS A QUE LOS MANDOS DE PRIMER NIVEL DE ESTA INSTITUCION FUERON FORMADOS EN LA POLICIA PREVENTIVA.
LO MAS GRAVE ES QUE EN ESA CORPORACION CADA COMANDANTE DECIDE LA FORMA DE ORGANIZAR A SU PERSONAL Y AL QUE NO LE GUSTA QUE LE BUSQUE POR OTRO LADO, CUANDO LAS INSTITUCIONES POLICIALES SE DEBEN REGIR POR SUS PROPIAS LEYES SEGUN EL MANDATO DEL ARTICULO 123 APARTADO B FRACCION XIII, ES LAMENTABLE QUE CON ESCUSAS ESTUPIDAS COMO SON LAS ORDENES SUPERIORES O NECESIDADES DE SERVICIO, TENGAN QUE CUBRIR HORARIOS FORZADOS INNECESARIOS Y QUE SOLO LES PAGUEN LA MITAD DE TURNO, MENCIONANDO QUE EL PAGO ES POR TURNO DE DIA Y EL SERVICIO NOCTURNO ES POR NECESIDAD Y ORDEN SUPERIOR, CON LO QUE SE VIOLENTAN LAS FRACCION I Y II DEL ARTICULO CONSTITUCIONAL ANTES MENCIONADO, Y QUE POR ENCIMA DE LA LEY ESTOS MANDOS SE TOMEN FACULTADES SIMPLEMENTE POR ESTAR APADRINADOS Y TENER LA ORDEN DE CHINGAR AL PERSONAL BAJO SU MANDO, QUE HAGAN LO QUE QUIERAN ASEGURANDO QUE DE TODAS MANERAS LOS ELEMENTOS NO SE SABEN DEFENDER Y QUE SU PODER Y SUS ACTOS ESTAN PROTEGIDOS DESDE LAS ALTURAS.
AHORA LA PREGUNTA ES PORQUE EN ESTOS ACTOS NO INTERVIENE LA DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS INTERNOS, O EL SUPUESTO CONSEJO DE HONOR Y JUSTICIA DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA DEL VIEJO DISTRITO FEDERAL AL MANDO DEL LIC. GIRAN ALMEIDA ESTRADA, CUANDO SE APRECIA A TODAS LUCES EL ABUSO, CORRUPCION, REPRESION Y LA PROTECCION DE ACTOS INDEBIDOS, EN CONTRA DE LOS ELEMENTOS, PORQUE PARA EFECTOS DE PROCEDIMIENTOS PENALES O ADMINISTRATIVOS LA POLICIA AUXILIAR Y BANCARIA ES LA POLICIA COMPLEMENTARIA DE LA SSPCDMX Y PARA EFECTOS DE DERECHOS Y CONTRATOS ESTAS CORPORACIONES NO CUENTAN CON UN MARCO JURIDICO DEFINIDO, DE DONDE MANDOS Y FUNCIONARIOS SE AGARRAN PARA COMETER TANTO ABUSO HACIA LOS ELEMENTOS.
PORQUE EN ESTOS ACTOS NO SE APLICA EL FAMOSO ACUERDO QUE APLICA A LA DIRECCION GENERAL ASUNTOS INTERNOS EN EL ACUERDO DE LA DECIMA SEPTIMA EPOCA 1439 PUBLICADO EL 14 DE SEPTIEMBRE DEL 2014 EN LA GACETA OFICIAL DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MEXICO AL QUE PUSIERON POR NOMBRE REGLAS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA CARRERA POLICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, QUE REFORMA DE FORMA ARBITRARIA Y AUTORITARIA A LA LEY DE SEGURIDA PUBLICA PARA EL DISTRITO FEDERAL, EMITIDA POR EL CONGRESO DE LA UNION Y QUE ELEMENTOS DE LA DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS INTERNOS CON INDICATIVO “PRETOR” DEPENDIENTES LIC. HIRAM ALMEIDA ESTRADA, APLICAN A LOS ELEMENTOS EN LA VIA PUBLICA, VIOLENTANDO TODOS LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS ELEMENTOS Y PROTEGIENDO A MANDOS Y FUNCIONARIOS CORRUPTOS, ARBITRARIOS, REPRESORES Y EXTORCIONADORES Y ASOCIADOS AL CRIMEN ORGANIZADO..