Oscar Sánchez García Aspirante del PRI a la presidencia municipal de Almoloya de Juárez, en riesgo de sus aspiraciones presidenciales
• Deudores de pensión alimentaria o con cargos por violencia contra mujeres no podrán ser candidatos
• Los partidos políticos verificarán que sus aspirantes cumplan con estos criterios, y en caso de incumplir, se podría revocar el registro del candidato
• Deudor Alimenticio pretende gobernar este municipio
Por Marino
ALMOLOYA DE JUAREZ, MÉXICO. – Para los comicios de 2021, los deudores de pensión alimenticia, o condenados por violencia familiar o delitos sexuales no podrán ser candidatos a un puesto de elección popular.
El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los lineamientos para que los partidos políticos prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres por razones de género.
Los lineamientos incluyen el capítulo #3de3VsViolencia que obliga a los partidos políticos a solicitar a las y los aspirantes a una candidatura firmar un formato, de buena fe y bajo protesta de decir verdad, donde se establezca que no hayan sido condenados o sancionados por violencia familiar o doméstica; por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal.
Además, no podrán ser candidatas o candidatos las personas que hayan sido sancionadas como deudor alimentario o moroso, que atenten contra las obligaciones alimentarias, salvo que acredite estar al corriente del pago o que cancele en su totalidad la deuda, y que no cuente con registro vigente en algún padrón de deudores alimentario.
@oscarsanchez aspirante a la presidencia municipal en Almoloya de Juárez por el Partido Revolución Institucional (PRI), aún no se registra ni ha seguido su proceso electoral debido a que está infringiendo con la ley en el Artículo 19 fracciones IV de la Constitución política del Estado Libre y Soberano de México ya que es un moroso alimentario, misma razón que no ha podido solventar ni justificar.
Sánchez García, pretende gobernar y ser abanderado por el PRI en las próximas elecciones, lo preocupante no es su aspiración, sino que es deudor alimenticio, si no puede cumplir con sus obligaciones personales, que le espera a los más de 170 mil habitantes del municipio.
El deudor alimentario moroso es aquel que teniendo la obligación de proporcionar alimentos deje de ministrarlos o que derivado de controversias de orden familiar se niegue a su cumplimiento, ya sea por pensión alimenticia provisional o definitiva, adeudando en ello tres meses o más desde el momento en que se registra el primer adeudo.
Artículo 309. – El obligado a dar alimentos cumple la obligación asignando una pensión competente al acreedor alimentario o incorporándolo, a la familia.
Si el acreedor se opone a ser incorporado, compete al juez, según las circunstancias, fijar la manera de ministrar los alimentos.
Lo inexplicable de este asunto es como puede ser posible que su Partido el (PRI) le autorice sus aspiraciones, este es el nuevo PRI que tanto están pregonando.
El INE cierra candidaturas a deudores de pensión alimenticia y acosadores y aprobó que no podrán ser candidatos quienes hayan sido condenados por violencia sexual o doméstica, o que deban pensiones.
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