ONU-DH saluda la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materia de interrupción del embarazo
de la Nación en materia de interrupción del embarazo
Con esta decisión (AR 1388/2015), sumada a las adoptadas en abril del año pasado por la Segunda Sala (AR 117/2017 y AR 601/2017), el Supremo Tribunal consolida el reconocimiento del derecho de las mujeres al acceso a la salud sexual y reproductiva, incluyendo el servicio de interrupción del embarazo.
La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dispone que la interrupción del embarazo por razones de salud tiene como finalidad restaurar y proteger la salud de las mujeres cuando se ve afectada no sólo por el embarazo, sino también por padecimientos físicos o mentales que empeoran con la continuación de aquél. En este sentido, las instituciones que integran el sistema de salud quedan obligadas a prestar oportunamente el servicio de interrupción del embarazo como parte de las obligaciones que les impone la protección del derecho a la salud.
La presente decisión de la SCJN responde a las recomendaciones formuladas a México en diversas ocasiones por el Comité para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW por sus siglas en inglés), el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Examen Periódico Universal, entre otros mecanismos internacionales de derechos humanos.
La ONU-DH insta a las autoridades de salud pública a tomar todas las medidas necesarias para garantizar a las mujeres el acceso a la interrupción legal del embarazo en los casos que su salud se encuentra afectada y reitera su compromiso con las autoridades mexicanas de brindar la cooperación y asistencia técnica que fuera pertinente.