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La DGII Avanza en materia tecnológica

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La DGII Avanza en materia tecnológica

 A la par con los avances tecnológicos que se suscitan en la administración tributaria,  La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) ha avanzado en los últimos periodos, lo que  le ha permitido desarrollar soluciones novedosas con excelentes resultados, los cuales han contribuido a reducir significativamente la evasión, desviación  o  brechas,  entre  los  contribuyentes  y  el  estado; ya que  esto representa pérdida de ingresos para la nación, afecta el desarrollo económico y social del país, puesto que un alto porcentaje de evasión representa más pobreza para quien la padece, ya que los tributos representan los principales ingresos monetarios de un país, y por consiguiente, los servicios públicos a los que se destinan las recaudaciones se ven afectados,

 En  vista de  tales  situaciones  la DGII,  realiza campañas de  educación tributaria desde  la  escuelas, empresa, clubes entre otros,  como  una  forma de  concientizar  a la  población. Tal es el caso de los Comprobantes Fiscales, uno de  los  que más  han  avanzado  y estos  se han  convertido  en una pieza casi  obligatoria para la economía y comercialización de las empresas tanto física como jurídica.

 En el caso de la norma general 06-2014 que sustituye a la norma general 01-067,  establece que las personas físicas y/o jurídicas, negocios de único dueño y entidades gubernamentales declarantes del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), deberán reportar en la forma y en los plazos establecidos en la misma.

 Las informaciones de las operaciones que sustentan sus operaciones como son Costos y gastos para fines del Impuesto sobre la Renta (ISR), Adelantos utilizados como créditos para fines del Impuesto a las Transferencias de Bienes   Industrializados y Servicios (ITBIS),  Retenciones del ITBIS realizadas a terceros,  Detalle de las ventas y operaciones efectuadas,  Retenciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR), los NCF. o  facturas  están codificados de la siguientes manera.

 

Tipos de  Comprobantes

Codigo en NCF

Credito Fiscal

01

Consumidor Final

02

Nota de  Debito

03

Nota de Credito

04

Proveedor Informales

11

Unico Ingresos

12

Gastos Menores

13

Regimen Especiales

14

Gubernamental

15

 

Todas las entidades del Estado Dominicano deben inscribirse en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), además  ser  receptoras de NCF Gubernamentales, tienen la responsabilidad de reportar  todos los NCF recibidos de sus suplidores mediante reporte de compras y gastos (Formato 606) en las formas y plazos establecidos mediante la Norma General, sobre Remisión de Información y deberán estar amparadas en Facturas con NCF (Número de Comprobante Fiscal) del tipo que corresponda, autorizados por la DGII.

 

Cabe  destacar que el envío de las informaciones de los formatos 606, 607, 608 y 609 deberá realizarse los primeros 20 días del mes siguiente al de la facturación del bien o servicio con este control  la DGII da un paso más adelante,  a  favor  del país referente a la recaudación faltando más  programas  mediada normas  y política por ejecutar  para seguir  serrando brechas.

 

 

Licda. Cristina Chalas

cristinachalas21@dgii.gov.do

 

Licda. Jacqueline Mejía C.

Abogada, Periodista, Docente de la EPPAC

Miembro Junta Electoral Santo Domingo Este

Teléfono: 809-422-7720 Celular:  809-630-2339

Email: jacquelinemeca@msn.com

Web: www.jce.gob.do

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