· La LXII Legislatura mexiquense avaló penas de hasta 20 años de prisión por abuso sexual y de hasta nueve años por hostigamiento sexual.
· Con las reformas, autoría de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, se fortalece la protección integral de las víctimas, se establece que estos delitos se perseguirán de oficio y se obliga a considerar la perspectiva de género y los contextos de vulnerabilidad en su interpretación.
· La diputada Zaira Cedillo Silva (morena), presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, reconoció a la gobernadora y a la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo por impulsar la homologación de sanciones en todo el país, esfuerzo al que hoy se suma el Congreso mexiquense.
El Congreso mexiquense avaló ampliar los supuestos que configuran los delitos contra la libertad sexual y aumentar las penas de prisión hasta 20 años por abuso sexual y hasta nueve por hostigamiento sexual. Además, con las reformas impulsadas por la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, ambos ilícitos se perseguirán de oficio y, para su interpretación, se considerará la perspectiva de género y los contextos de vulnerabilidad de la víctima.
De acuerdo con el dictamen de la iniciativa para reformar el Código Penal estatal, se garantiza la protección más amplia de las personas y la reparación integral de los daños a las víctimas, con el objetivo de transformar de manera positiva la vida de las y los mexiquenses.
Al dar lectura al dictamen, la diputada Zaira Cedillo Silva (morena), presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, reconoció a la gobernadora y a la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo por impulsar la homologación de sanciones en todo el país, esfuerzo al que hoy se suma el Congreso mexiquense.
“Hoy estamos protegiendo la integridad y el bienestar de todas las mujeres. El acoso y el abuso sexual no son normales; son violencias que deben erradicarse, denunciarse y sancionarse de inmediato. En el Estado de México, esta violencia
será castigada desde la primera manifestación, desde el primer acto. Las mujeres nunca más deben ser revictimizadas”, aseveró.
El documento, elaborado por las comisiones de Procuración y Administración de Justicia y para la Igualdad de Género de la LXII Legislatura mexiquense, se considera abuso sexual a quien, en espacios públicos o privados, realice cualquier acto sexual sin el consentimiento de la víctima y sin el propósito de llegar a la cópula; así como a quien, en presencia de la víctima, la obligue a presenciarlo o a ejecutarlo sobre sí misma, sobre otra persona o sobre el propio agresor.
También se configura abuso sexual cuando se obliga a la víctima a exhibir su cuerpo. Por este delito se impondrán hasta siete años de prisión y hasta 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir 56 mil 570 pesos.
Además, se entiende por acto sexual cualquier tocamiento, caricia, roce corporal, exhibición o representación sexual explícita. No se considera consentimiento cuando la voluntad de la persona víctima haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad. Asimismo, no podrá presumirse consentimiento por el silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima.
Adicionalmente, se impondrá la obligación de participar en talleres reeducativos con perspectiva de género y enfoque de no violencia hacia las mujeres, o de prestar servicios en favor del Estado o de instituciones de beneficencia pública, con el objetivo de prevenir la reincidencia y fomentar un cambio hacia la igualdad sustantiva. El cumplimiento de esta medida será requisito indispensable para la procedencia y continuidad de la suspensión condicional.
