DE DDHH Y VIOLENCIA CONTRA TRABAJADORA DEL DIF MUNICIPAL
*Entre otros puntos recomendatorios el gobierno municipal de Capulhuac deberá implementar políticas públicas, entre ellas, una orientada a erradicar la violencia de género contra las mujeres y otra que coloque a la persona como centro de todas sus acciones y decisiones.
*Las conductas de las personas agresoras hicieron que la trabajadora agredida fuera víctima de violencia de género, física, psicológica, sexual, patrimonial, simbólica, digital e institucional.
El 2 de mayo de 2025, personal del SMDIF, incluida la víctima motivo de la recomendación, fue convocado a una reunión para discutir el reciente trabajo de la celebración del Día del Niño; posteriormente, se incorporó la entonces persona titular de la presidencia Municipal de Capulhuac, acompañada de una policía del género femenino, entre otras personas. La primera edil inició cuestionando a quienes se encontraban en la sala y sin mediar ningún tipo de explicación la alcaldesa y la policía comenzaron a agredir a la víctima, quien fue sujetada por la policía para que la presidenta municipal siguiera insultándola y agrediéndola físicamente.
Una vez que concluyó la agresión, en cuanto pudo bajar, la víctima solicitó a las personas de la Secretaría particular de la presidencia del DIF que la dejaran ir, dadas las condiciones en que se encontraba; sin embargo, las servidoras públicas se negaron y la metieron a su oficina. La víctima se encontraba desorientada, circunstancia que aprovechó la mujer policía para despojarla de su celular, tarjeta de banco, credencial de elector y una mochila. Al salir del edificio, nadie le prestó auxilio pese a la agresión.
Las acciones de las personas agresoras investigadas de oficio por la CODHEM y documentadas en videos y replicadas en notas periodísticas hicieron que la trabajadora agredida fuera víctima de violencia de género, física, psicológica, sexual, patrimonial, simbólica, digital e institucional, que le provocaron afectaciones físicas y psicológicas, al grado de poder considerar los hechos como tratos crueles, inhumanos y degradantes; al mismo tiempo, la vulneración al derecho a un buen gobierno (buena administración pública) en perjuicio de la víctima y de la ciudadanía en general por parte de la persona servidora pública titular de la presidencia de Capulhuac en ese momento.
Debido a las violaciones a derechos humanos cometidas contra la víctima, la CODHEM recomendó al Ayuntamiento de Capulhuac proporcionar atención psicológica a la víctima y a las personas integrantes de su núcleo familiar primario, como víctimas indirectas; realizar las gestiones necesarias para que se le inscriba en el registro de víctimas de la Comisión Estatal de Atención a Víctimas del Estado de México y cubrir una compensación.
Además, el ayuntamiento deberá implementar políticas públicas, una orientada a erradicar la violencia de género contra las mujeres y otra que coloque a la persona como eje de todas sus acciones y decisiones, orientada a garantizar la consecución de un buen gobierno (derechos a una buena administración pública). Asimismo, capacitar en derechos humanos a las y los elementos de Seguridad Pública Municipal y difundir en alguno de sus medios electrónicos o redes sociales de manera permanente la Recomendación CODHEM 14/2025.
Adicionalmente, el Ayuntamiento de Capulhuac deberá ofrecer a la víctima una disculpa institucional en un acto público; anexar copia de la recomendación al expediente laboral de las personas servidoras públicas señaladas como responsables; remitir copia de la misma al Órgano Interno de Control del municipio de Capulhuac, así como a la persona titular de la Unidad de Asuntos Internos de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito municipal para que sean tomadas en consideración al momento de emitir las determinaciones que en derecho procedan, dentro de los expedientes que se tramitan en el ámbito del servicio público municipal.
La presente recomendación se puede consultar en su versión pública en el sitio web: