EL PRINCIPIO PRO PERSONA DEBE SER DIRECTRIZ DEL SERVICIO PÚBLICO PARA GARANTIZAR LOS DDHH
El análisis y reflexión sobre el principio pro persona y su impacto en las leyes y la acción de gobierno, fue tema central en el segundo día de trabajos del 4º Congreso Internacional de Derechos Humanos.
· Este principio humaniza los postulados del derecho, su aplicación en el poder público ha de garantizar instituciones públicas y políticas inclusivas e incluyentes
Toluca, Estado de México, 11 de junio de 2021.- El principio pro persona debe ser una directriz de los derechos humanos y del servicio público, porque humaniza los postulados del derecho; su aplicación en el poder público debe garantizar instituciones públicas y políticas inclusivas e incluyentes; sin embargo, no ha permeado en todos los niveles y sectores, manteniéndonos una grave vulneración a derechos humanos.
Esas fueron algunas de las posturas expuestas en la Mesa de trabajo sobre El principio pro persona como directriz para el ejercicio del poder público, del 4º Congreso Internacional de Derechos Humanos, que llevan a cabo la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem), la Red Internacional de Estudios Constitucionales y los Cuerpos Académicos de Estudios Constitucionales y Estudios en Oratoria, Discurso Jurídico y Educación, de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMex).
El investigador Felipe Carlos Betancourt Higareda, de la UAEMex, propuso que se reconozca expresamente el derecho humano a tener instituciones políticas inclusivas e incluyentes en el Estado constitucional, así como el derecho humano a que existan pesos y contrapesos, en beneficio máximo de las personas y del respeto a sus derechos humanos a fin de evitar la tiranía de una persona o una élite.
Precisó que una de las premisas para entender el principio pro-persona es que el Estado constitucional debe organizarse al servicio y en torno de la persona humana, no al revés: “la persona no es propiedad del Estado constitucional, el Estado está ordenado al desarrollo de las personas”; dijo que para ello se requiere un Estado fuerte y poderoso con instituciones que funcionen por y para respetar los derechos humanos.
En su participación, la doctora María del Pilar Olmeda García, de la Universidad Autónoma del Baja California, subrayó aunque se ha mejorado el marco normativo en Europa, África y América, aún hace falta materializar el principio pro persona y llevarlo a la realidad de comunidades que enfrentan problemáticas de pobreza y desigualdad.
Dijo que en la administración pública todo proyecto y programa debe tener enfoque, desempeño y visión de derechos humanos, teniendo en la cúspide al principio pro persona, el cual debe asegurarse en cualquier tipo de gobierno, sin importar cambios gubernamentales.
Por tanto, dijo, el Estado, el mercado y la sociedad deben articularse en torno a compromisos sostenibles y sobre una base ética común de derechos humanos, sin dar lugar al asistencialismo ni la caridad: “se trata de tener ciudadanos empoderados que exijan el cumplimiento de derechos en su más alta calidad”.
Asimismo, la investigadora de la Universidad Anáhuac Mayab, Mérida, María Guadalupe Sánchez Trujillo, puntualizó que una década debería haber sido suficiente para que la reforma constitucional de 2011 permeara en todos los niveles y sectores; sin embargo, datos duros revelan lo contrario: cada vez se torna más difícil que los derechos humanos y el principio pro persona sean pauta del ejercicio del poder público.
Por ello, explicó, es urgente que el Poder Legislativo siga haciendo leyes que den soporte al ejercicio pleno de los derechos humanos y del principio pro persona, no solo enlistando normas sino siendo empático y sumando a la concreción de los DDHH para que la gente realmente los viva y se beneficie de ello.
Por último, el investigador de la UAEMex, Joaquín Ordóñez Sedeño, aseguró que dicho principio humaniza los postulados del derecho, pues privilegia la aplicación primera de aquella norma que protege al ser humano: “el principio pro persona significa maximizar los alcances y limitar las restricciones de los derechos humanos, por tanto, se debe observar desde la creación de la norma jurídica y ser directriz para el detentador del poder público”.Destacó que “el objetivo es que el juez sea justo y racional, y que el detentador del poder público sea justo, racional y protector de los derechos humanos y de la dignidad de las personas.