CONOCER LA LEGISLACIÓN PENAL PARA GARANTIZAR DERECHOS DE INDÍGENAS
CONOCER LA LEGISLACIÓN PENAL PARA
GARANTIZAR DERECHOS DE INDÍGENAS
- Deben difundirse los derechos de este sector de la población para que los conozcan y ejerzan
Toluca, México, 26 de febrero de 2015.- Las comisiones de derechos humanos estatales tienen el reto de capacitar y actualizar a los servidores públicos, para aterrizar el nuevo sistema de juicios penales, respecto a los beneficios y derechos que tienen las personas de los pueblos y comunidades indígenas.
La profesora María Isela Nabor Suárez, indicó que la tarea que tienen los organismos defensores es salir a las comunidades para difundir los derechos humanos entre los habitantes, sin importar su origen étnico, edad o sexo, además de explicarles cuándo y cómo deben ejercerlos, porque en ocasiones, son llevados ante un ministerio público o tribunal, y desconocen sus prerrogativas.
Durante la ponencia que ofreció como parte del programa de capacitación a instructores de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, detalló que al modificarse el texto constitucional, ya se toma en cuenta la opinión de las personas indígenas durante los juicios penales, además, se establece en la ley que deben contar con un traductor y ser apoyados por líderes de su comunidad.
El reto que se tiene en México, abundó, es contar con personal especializado, pues se observa que las procuradurías no tienen criminólogos suficientes para atender los asuntos. Por tanto, lo prioritario es implementar cursos de capacitación a los servidores públicos, así como integrar a traductores de todas las lenguas que se hablan en el país, para garantizar que se cumpla con esta disposición legal.
En la conferencia “Introducción al Nuevo Sistema de Juicios Penales en México-Código Nacional de Procedimientos Penales”, recordó que entre los aspectos positivos de la reforma constitucional en materia penal de 2008, que se hizo para cumplir con los tratados internacionales que México suscribió, destacan los derechos del imputado que se establecen en el Código Nacional de Procedimientos Penales, es decir, sus datos generales pueden leerse en voz alta o mantenerse en secreto; la incorporación de la figura de asesor jurídico y la obligación que tiene el Ministerio Público de proporcionarlo; así como la reparación del daño a las víctimas