Adolfo Solís Gómez podría incurrir en uso indebido de imágenes y logotipos partidistas en obras públicas

Adolfo Solís Gómez podría incurrir en uso indebido de imágenes y logotipos partidistas en obras públicas

“Alcalde en campaña con obras públicas: ¿legal o indebido?”

Ciudadanos denuncian posible promoción personal y partidista en obras del municipio

Por Raúl González Nova

Almoloya de Juárez, Méx.– En los últimos meses, habitantes de este municipio han señalado que el presidente municipal, Adolfo Solís Gómez, estaría utilizando su imagen, la de la Presidenta de México y los logotipos de los partidos políticos que lo postularon para anunciar o inaugurar obras públicas.

Esta práctica, común en algunos gobiernos locales, podría contravenir la legislación mexicana, ya que tanto la Constitución como las leyes electorales establecen que los recursos públicos no deben destinarse a la promoción personal ni partidista de los servidores públicos.

El artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es claro: los recursos públicos deben aplicarse con imparcialidad, evitando cualquier influencia en la competencia entre partidos políticos. La propaganda gubernamental solo puede tener fines institucionales, educativos, informativos o de orientación social, y no debe incluir nombres, imágenes o símbolos que impliquen promoción personalizada.

En este contexto, colocar fotografías de funcionarios, imágenes de figuras federales o logotipos partidistas en obras municipales podría interpretarse como propaganda personalizada y, por lo tanto, un uso indebido de recursos públicos. Además de lo previsto en el artículo 134 constitucional, estas prácticas se encuentran reguladas en la Ley General de Comunicación Social y la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

Las sanciones para quienes incurran en este tipo de conductas van desde la retirada de propaganda y multas económicas, hasta procedimientos ante el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Electoral, así como sanciones administrativas e incluso la inhabilitación para ocupar cargos públicos en procesos futuros.

Expertos en materia electoral recuerdan que las obras públicas deben anunciarse únicamente con logotipos institucionales de los tres órdenes de gobierno, sin personalización ni símbolos partidistas, para garantizar transparencia, imparcialidad y claridad en el origen de los recursos.

En un escenario donde la ciudadanía demanda mayor ética y rendición de cuentas, resulta indispensable que las autoridades municipales —incluido el alcalde Adolfo Solís Gómez— se apeguen estrictamente al marco legal, evitando cualquier acción que pueda interpretarse como promoción indebida. Solo así se fortalece la confianza social en las instituciones y se protege la equidad democrática.